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Apagones masivos: Investigan muerte de 22 electrodependientes
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Apagones masivos: Investigan muerte de 22 electrodependientes

Diecinueve de las víctimas fallecieron en la Región Metropolitana y tres en la Región de Valparaíso, durante los cortes de luz ocurridos en agosto de 2024 y febrero de 2025. La cifra, obtenida tras la revisión de denuncias ingresadas al Poder Judicial, es mayor a la informada oficialmente por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). El Ministerio Público mantiene abiertas investigaciones contra Enel y Chilquinta por presunto homicidio culposo, debido a la falta de medidas de prevención y la tardía atención a sus clientes prioritarios.

Por Roberto Díaz y Javiera Santa Cruz

29 de Septiembre de 2025

Jaqueline Alarcón sostenía un abanico en la mano y agitaba el aire frente al rostro de su madre, Gladys Espinoza, de 86 años. El oxígeno salía apenas en un flujo mínimo: era el último tanque que les quedaba y había que hacerlo durar. “Me ahogo, prende el ventilador”, suplicaba Gladys. Pero Jaqueline no podía encender nada. Hace casi cuatro días que no había luz en algunos sectores de la comuna de La Cisterna producto del fuerte temporal que había azotado la Región Metropolitana el 2 de agosto de 2024, con vientos de 120 kilómetros por hora. Aferrada al teléfono, con la ayuda de su nieto, llamó durante horas a Enel.

Nunca obtuvo respuesta.

Cuando la empresa al fin llegó con los equipos, Gladys Espinoza agonizaba en el hospital Barros Luco. No fue el único caso. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) informó que habían fallecido otros dos electrodependientes durante el corte: Benedicto Ahumada (78), en Macul, y Graciela Albornoz (84), en Ñuñoa.

Además de las primeras tres víctimas confirmadas, esta investigación encontró en el Poder Judicial otros dos casos vinculados al mismo apagón, hasta ahora desconocidos públicamente. Se trata de Berta Díaz, de Conchalí, y Juan Maturana, de Chicureo, quienes fallecieron en las mismas circunstancias: insistentes llamadas a Enel sin respuesta y generadores eléctricos que nunca llegaron a tiempo.

Ana Iturrieta, hija de Graciela Albornoz, recuerda que Enel le dijo que “en 15 minutos estarían ahí con el generador si la luz no volvía”, pero eso no pasó: “Jamás me pude comunicar con ellos, no llegó nunca el equipo, salvo cuando ya estábamos velando a mi mami”.

Lucy Ahumada, hermana de Benedicto Ahumada, asegura que llamó más de 10 veces a Enel y tampoco tuvo respuesta. “Nos ofrecieron un prorrateo de la luz, pero ¿cómo va a pagar eso la vida de mi hermano?”, dijo en una entrevista en Radio ADN.

Benedicto falleció el 2 de agosto de 2024 a las 10:00 horas por insuficiencia respiratoria aguda, Graciela el 5 de agosto a las 22:10 horas por un paro respiratorio y Gladys el 6 de agosto a las 02:04 horas por una bronconeumonía bilateral. En tanto, Berta murió el 3 de agosto a las 14:05 horas debido a un shock séptico, y Juan el 10 de agosto a las 04:00 horas por una insuficiencia respiratoria aguda.

Actualmente, Jaqueline y Aldo Alarcón, hijos de Gladys, mantienen una querella en contra de Enel por presunto homicidio culposo de su madre. A la misma causa, se agregó también la investigación por las muertes de Benedicto, Graciela, Berta y Juan.

Pero el número de fallecidos se disparó seis meses después, durante el segundo apagón, ocurrido en febrero de este año. En la ocasión, murieron otros 17 pacientes electrodependientes: 14 en la Región Metropolitana y tres en Valparaíso.

Según documentos revisados para este reportaje, el Ministerio Público investiga los 22 casos y apunta a la eventual responsabilidad de Enel en 19 de ellos y de Chilquinta en tres, todos en el contexto de los dos cortes masivos de suministro eléctrico y a la falta de atención oportuna de las empresas distribuidoras.

 

CHILE A OSCURAS

El segundo apagón sucedió el 25 de febrero de 2025, cerca de las 15:00 horas. Fue el más grande desde el terremoto de 2010. Más de 19 millones de personas quedaron sin suministro eléctrico, desde Arica y Parinacota hasta Los Lagos. Esta vez, la responsabilidad apuntó a la empresa colombiana ISA, a través de su filial en Chile, ISA Interchile: una activación accidental de los sistemas de protección desconectó los circuitos principales y generó un efecto en cadena que paralizó al Sistema Eléctrico Nacional.

 

 

El diputado Jorge Brito denunció en julio pasado que, al menos, 15 pacientes electrodependientes habían fallecido tras el corte, citando antecedentes oficiales de la SEC. Sin embargo, la investigación realizada para este reportaje determinó que el número real de víctimas ascendía a 17, tanto en la Región Metropolitana como en la Región de Valparaíso.

Si bien dos fallecieron por causas distintas a complicaciones respiratorias o cardiovasculares, en el resto de los casos la escena fue la misma que seis meses atrás. Virginia Díaz, hija de uno de los fallecidos por falla respiratoria aguda y fibrosis pulmonar avanzada, asegura que llamó insistentemente a Enel para que enviaran un generador, pero nunca obtuvo respuesta. “Llegaron días después, cuando mi papá ya estaba siendo velado”, cuenta.

La SEC formuló cargos a las empresas Chilquinta, Coelcha, Edecsa, Eec, Eepa, Enel, Frontel, Litoral, Luz Osorno, Luz Linares, Luz Parral y Saesa, por no atender los llamados de tutores o pacientes electrodependientes afectados por el corte.

Según la SEC, al menos 782 los pacientes electrodependientes realizaron 2.309 llamadas a sus respectivas empresas para informar que estaban sin suministro, sin obtener una respuesta oportuna, pese a que la Ley 21.304, más conocida como Ley Lucas Riquelme, establece que las empresas eléctricas deben disponer de canales de contacto preferenciales para este tipo de pacientes.

El fiscal Christian Toledo lidera la investigación por los 22 fallecidos en el contexto de ambos cortes eléctricos, pero su trabajo enfrenta un límite legal. Explica que los apagones de agosto de 2024 y febrero de 2025 no pueden ser tratados como un solo caso: recién en septiembre de 2024 entraron en vigencia modificaciones a la Ley Lucas Riquelme, que incorporan la responsabilidad penal de las personas jurídicas en delitos como homicidio culposo u omisión.

Esto significa que, Enel y Chilquinta podrían ser perseguidos penalmente por lo ocurrido en febrero de 2025, al haberse producido bajo la nueva norma. En cambio, las muertes de agosto de 2024 no quedan cubiertas por la ley. “Habría que analizar si existe responsabilidad de las personas jurídicas solo en relación al evento de febrero de 2025. No podría aplicarse a hechos anteriores”, señala Toledo.

El fiscal, sin embargo, recalca que en el caso de agosto de 2024 aún queda por determinar si hay responsabilidades individuales. “Lo que se debe establecer es la eventual responsabilidad penal de quienes estaban a cargo de la sección o unidad de control y vigilancia de estos clientes que son pacientes electrodependientes. Eso también es parte de la investigación”.

 

LOS FALLOS SISTEMÁTICOS

La alerta preventiva del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) emitida el 1 de agosto de 2024 informaba un evento meteorológico con lluvias y vientos de hasta 90 km/h solo en zona cordillerana y 40 km/h en zonas más bajas como valle, precordillera y Cordillera de la Costa. Pero el pronóstico fue equivocado. El día del temporal los vientos alcanzaron ráfagas de hasta 120 km/h en la RM. En sus descargos ante la SEC, obtenidos a través de la Ley de Transparencia, Enel aseguró que los datos erróneos impidieron la elaboración de una buena prevención.

Según su “Plan de Contingencia”, Enel preparó 260 grupos electrógenos domiciliarios, además de facilitar 176 generadores para ser distribuidos por las municipalidades. Estos equipos, según la superintendenta de la SEC Marta Cabezas, se van rotando dependiendo de la urgencia y disponibilidad. Asegura, además, que durante el evento se destinaron 120 asistentes telefónicos en los diferentes canales de comunicación de Enel, pero que fueron solo 12 personas las que atendieron telefónicamente a los 3.677 electrodependientes de la Región Metropolitana.

En 2022 ocurrió un caso parecido al de las 22 muertes de 224 y 2025: una persona electrodependiente falleció mientras hubo un corte de luz en la Región Metropolitana. En esta ocasión, Enel quedó absuelta de todos los cargos, pese a la entrega tardía del generador. Entonces, la Ley Lucas Riquelme no especificaba plazos concretos para la distribución de grupos electrógenos en estos casos.

El artículo 207-3 de la ley explica que “las empresas concesionarias deberán implementar, en forma eficaz y oportuna, las mejores soluciones técnicas disponibles para mitigar los efectos que las interrupciones de suministro eléctrico podrían tener respecto del funcionamiento del equipamiento de uso médico al que se encuentra conectada una persona electrodependiente…”. Sin embargo, no especifica el límite de tiempo en que deberán llegar las empresas eléctricas con los equipos electrógenos.

Iván Otárola, encargado de Participación Ciudadana de la SEC, explica que esta Superintendencia no tiene facultades preventivas, solo fiscalizadoras; es decir, puede actuar después de un evento verificando si hubo o no cumplimiento normativo, pero no puede intervenir en decisiones operativas ni económicas de las empresas distribuidoras. Su rol es constatar si se cumplieron los estándares establecidos en la ley y aplicar sanciones si corresponde.

 

¿QUIÉNES SON LOS ELECTRODEPENDIENTES?

Según lo establecido en la página de la SEC y la Ley 21.304, las personas electrodependientes son aquellas que se encuentran en condición de hospitalización domiciliaria y necesitan mantenerse conectadas físicamente, de forma transitoria o continua, a un elemento de uso médico y que requieren suministro eléctrico para su funcionamiento. Sin él, estarían en riesgo vital o con secuela funcional severa grave.

De acuerdo a información obtenida en la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, sobre la Ley Lucas Riquelme, “las empresas eléctricas concesionarias deben llevar un registro de las personas electrodependientes con residencia en su respectiva zona de concesión. El incumplimiento de la obligación mencionada previamente, se considerará una infracción gravísima, que será sancionada con las normas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)”.

Actualmente en Santiago hay 3.677 pacientes electrodependientes que se distribuyen de la siguiente manera en las comunas de la capital:

 

 

 

LUEGO DE LAS MUERTES

Tras el corte de luz de agosto de 2024, la SEC le impuso una multa de $8.200 millones a ENEL, asociada a las infracciones a la ley de pacientes electrodependientes en el contexto del apagón de ese año.

Pero en enero pasado le aplicó otra multa por 280 mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM) -aproximadamente a $18.800 millones-, considerada la sanción económica más alta en la historia de Chile. A través de un comunicado, ENEL respondió: “Respecto a las multas cursadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles por varios cargos asociados al evento climático inédito ocurrido en agosto de 2024, Enel Distribución puede señalar que ratifica la plena convicción en haber actuado conforme a derecho, que estudiará en detalle las resoluciones y que ejercerá los recursos que contempla la ley”.

Según informó radio Biobío, la empresa eléctrica apelará a la decisión de la SEC, sobre la base de una auditoría externa realizada por la Universidad de Santiago.

A su vez, la Cámara de Diputados ingresó dos proyectos para hacer modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos sobre el tema electrodependientes. Entre los cambios más relevantes que propone el primero, fechado el 4 de noviembre del 2024, están:

 

El segundo proyecto de ley, ingresado el 19 de marzo de 2025, busca exigir a las concesionarias de distribución eléctrica la habilitación de sistemas de comunicación para la atención directa y exclusiva de personas electrodependientes.

Actualmente ambos proyectos se encuentran en primer trámite constitucional.

 

 


 

Este artículo fue realizado en el curso Periodismo de Investigación, del profesor Alberto Arellano, y editado por V240.

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